Normativa sobre patinetes eléctricos

La tradicional separación entre vehículos y peatones es algo cada vez más borroso. Bicicletas, patinetes eléctricos, monopatines, hoverboards, hoverkarts,… las alternativas son cada vez mayores y todo necesita un orden. Además, buena parte de la normativa sobre patinetes eléctricos no es de ámbito nacional, sino que se regula a nivel local en Ordenanzas Municipales. Por ese motivo, en patinetelectrico.net haremos una revisión de las Ordenanzas municipales de las principales ciudades españolas: Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla. Si embargo, la normativa es bastante similar en la mayoría de ciudades, por lo que aunque viváis en otro municipio os puede servir de referencia.

Esta entrada no cubre los patinetes eléctricos homologados como ciclomotor o motocicleta. Estos patinetes se rigen por la normativa aplicable a ciclomotores y motocicletas, con todo lo que ello conlleva: permiso de conducir, matriculación, seguro…

Regulación

Legislación estatal ¿Por dónde deben circular los patinetes eléctricos?

El nuevo reglamento de la Dirección General de Tráfico (DGT) aprobado mediante Real Decreto lo deja claro. Los patinetes eléctricos se consideran Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y no pueden circular por la acera. Por lo tanto, los scooters eléctricos deben circular en todo caso por la calzada o por carril bici. Al circular con bicicletas y vehículos deberán respetar todas las normas de tráfico: stops, semáforos, pasos de cebra…

¿Significa esto que los patinetes eléctricos pueden circular por cualquier calle o carretera? Absolutamente no. Los patinetes eléctricos tienen prohibido circular por túneles urbanos y por vías interurbanas, ya sean carreteras, autopistas o autovías. Las restricciones en cuanto a la circulación por las calles de una ciudad, al igual que muchas otras normas, dependen de la normativa municipal.

En cuanto a la ocupación los patinetes eléctricos son vehículos unipersonales, es decir, que solo puede circular una persona por scooter. Además, no requieren carnet de conducir, pero en todo caso se deberá llevar encima la documentación del fabricante que acredita las características del patinete eléctrico (peso, potencia, velocidad máxima…). Si quieres más información sobre este punto, echa un vistazo por aquí.

Normativa sobre patinetes eléctricos en Madrid

Skyline Madrid
  • ¿Por dónde pueden circular? De acuerdo a la normativa municipal de Madrid los patinetes eléctricos deberán circular por calles con un único carril por sentido y velocidad máxima de 30 km/h. Nunca por la acera. No te asustes, esto cubre más del 85% de las calles de Madrid. Además, está permitida y recomendada la circulación por cualquier tipo de carril de bici. Sin embargo, no está permitido circular por ciclocarriles (carriles compartidos para bicicletas y coches), salvo que cumplan los requisitos anteriores. En parques y espacios peatonales se podrá circular a un máximo de 5 km/h.
  • Edad mínima: Los menores de 15 años no podrán circular por vías públicas en patinete eléctrico. Sin embargo, sí que los podrán utilizar en espacios cerrados al tráfico, con casco y bajo la supervisión de un adulto. ¿Hay excepciones? Sí, los menores de 15 años podrán hacer rutas turísticas en grupo con guía.
  • Casco: No es obligatorio salvo para menores de 16 años.
  • ¿Dónde puedo aparcar? Puedes aparcar en cualquier parking de motos o bicicletas. Si no hay disponibles, se puede estacionar en cualquier aparcamiento para coches y en ningún caso deberemos pagar en zonas SER. En última instancia, también se puede aparcar en la acera intentando evitar a los peatones. ¿Y como se consigue eso? Pues bien, creando una única fila de patinetes aparcados y, en caso de aceras de menos de 6 metros, aparcando en paralelo.
  • Seguro a terceros: El seguro de responsabilidad civil no es obligatorio.
  • Señalización: Los patinetes eléctricos deben contar con timbre, luces y elementos reflectantes.
  • Otras consideraciones: Evidentemente, está prohibido circular bajo los efectos del alcohol o estupefacientes. Además, no se puede circular llevando auriculares ni utilizando el móvil. Y sí, evidentemente los e-scooters pueden acceder a Madrid Central.
  • Multas: Habitualmente 60 euros, pero pueden ser más en caso de infracciones graves.

Regulación sobre patinetes eléctricos en Barcelona

Slyline de Barcelona
  • ¿Por dónde pueden circular? En Madrid los patinetes eléctricos deberán circular por calles con velocidad máxima de 30 km/h. Nunca por la acera. También se puede circular por carriles bici, si bien en caso de que el carril esté en la acera y no en la calzada no podrán superar los 10 km/h. En parques y espacios peatonales se podrá circular a un máximo de 10 km/h.
  • Edad mínima: Los menores de 16 años no podrán circular por vías públicas en patinete eléctrico. Sin embargo, sí que los podrán utilizar en espacios cerrados al tráfico y bajo la supervisión de un adulto. ¿Hay excepciones? Sí, los menores de 16 años podrán hacer rutas turísticas en grupo con guía.
  • Casco: Es obligatorio desde la última modificación de la Ordenanza municipal el 30 de abril de 2021.
  • ¿Dónde puedo aparcar? Puedes aparcar en cualquier parking de motos o bicicletas. Únicamente se puede aparcar en la acera si no impide el paso a los peatones y sin encadenarlos al mobiliario urbano.
  • Seguro a terceros: Es obligatorio desde la última modificación de la Ordenanza municipal el 30 de abril de 2021.
  • Señalización: Los patinetes eléctricos deben contar con timbre, luces y elementos reflectantes desde la última modificación de la Ordenanza municipal el 30 de abril de 2021.
  • Otras consideraciones: Evidentemente, está prohibido circular bajo los efectos del alcohol o drogas. Además, no se puede circular llevando auriculares ni utilizando el móvil.
  • Multas: 100, 200 o 500 euros según la gravedad de la infracción.

Normativa sobre patinetes eléctricos en Valencia

En Valencia es importante distinguir entre patinetes eléctricos tipo A (velocidad máxima hasta 20 km/h) y patinetes eléctricos tipo B (velocidad máxima superior a 20 km/h). En términos prácticos, dado que la mayoría de patinetes eléctricos para adultos tienen una velocidad máxima de 25 km/h, en general será aplicable la normativa para scooters eléctricos tipo B. Los hoverboards y monociclos a menudo se categorizarán como tipo A.

  • ¿Por dónde pueden circular? En Valencia los patinetes eléctricos tipo A deberán circular por calles con velocidad máxima de 30 km/h. Nunca por la acera. También se puede circular por carriles bici, si bien en caso de que el carril esté en la acera y no en la calzada no podrán superar los 15 km/h. En parques y áreas peatonales se podrá circular a un máximo de 10 km/h. Los patinetes eléctricos tipo B están sujetos a las mismas normas, si bien no pueden circular por áreas peatonales, salvo parques, donde sí está permitido.
  • Edad mínima: Los menores de 16 años no podrán circular por vías públicas en patinete eléctrico. Sin embargo, sí que los podrán utilizar en espacios cerrados al tráfico y bajo la supervisión de un adulto. ¿Hay excepciones? Sí, los menores de 16 años podrán hacer rutas turísticas en grupo con guía.
  • Casco: Es obligatorio para los tipo B, pero no para los tipo A.
  • ¿Dónde puedo aparcar? Puedes aparcar en cualquier parking de bicicletas. Si no hay aparcabicis disponibles en 50 metros, se pueden aparcar en la acera en paralelo. Está permitido encadenarlos al mobiliario urbano, pero no a los árboles.
  • Seguro a terceros: No es obligatorio.
  • Señalización: Los patinetes eléctricos tipo B deben contar con timbre, luces (delantera y trasera), elementos reflectantes y freno (gracias!). Estos elementos no obligatorios para los tipo A.
  • Otras consideraciones: Se deben evitar juegos, exhibiciones y otras actividades que puedan llegar a causar molestias a los peatones.
  • Evidentemente, está prohibido circular bajo los efectos del alcohol o estupefacientes. Además, no se puede circular llevando auriculares ni utilizando el móvil.
  • Multas: Entre 100 y 500 euros según la gravedad de la infracción.

Regulación sobre patinetes eléctricos en Sevilla

En Sevilla se hace una distinción entre patinetes eléctricos sin sillín, patinetes eléctricos con asiento y patines eléctricos autoequilibrados (hoverboard y monociclos). Los patinetes eléctricos con asiento se consideran en todo caso equivalentes a ciclomotores o motocicletas y, por lo tanto, les aplica la normativa correspondiente que no se detalla en esta entrada. A continuación, describimos la normativa aplicable al resto.

  • ¿Por dónde pueden circular? En Valencia los patinetes eléctricos deberán circular por calles con velocidad máxima de 30 km/h,. Nunca por la acera. También se puede circular por carriles bici a un máximo de 15 km/h y no más de 10 km/h si el carril se comparte con peatones. En parques y áreas peatonales se podrá circular a un máximo de 10 km/h.
  • Edad mínima: Los menores de 15 años no podrán circular por vías públicas en patinete eléctrico. Sin embargo, sí que los podrán utilizar en espacios cerrados al tráfico, con casco y bajo la supervisión de un adulto. ¿Hay excepciones? Sí, los menores de 15 años podrán hacer rutas turísticas en grupo con guía.
  • Casco: No es obligatorio salvo para menores de 15 años.
  • ¿Dónde puedo aparcar? ¡OJO! Solo se permite estacionar en los aparcamiento específicamente destinados a patinetes eléctricos. No está permitido estacionar ni en aparcabicis ni en aceras. También está prohibido encadenar el patinete eléctrico al mobiliario urbano o a los árboles.
  • Seguro a terceros: No es obligatorio.
  • Señalización: Los patinetes eléctricos deben contar con timbre, luces (delantera y trasera) y elementos reflectantes. Esta obligación no aplica a monopatines eléctricos autoequilibrados, si bien en caso de no contar con estos elementos deberán utilizar luces o elementos reflectantes acoplados al cuerpo.
  • Evidentemente, está prohibido circular bajo los efectos del alcohol o dorgas. Además, no se puede circular llevando auriculares ni utilizando el móvil.
  • Multas: Entre 50 y 400 euros según la gravedad de la infracción.